POLÍTICAS Y PRIVACIDAD

El pago se divide en 2, el 50% del presupuesto al inciar el proyecto y el 50% después de la entrega del proceso.

La implementación inicia siempre y cuando el ambiente de desarrollo se encuentre habilitado con las herramientas instaladas.

Al finalizar la etapa del levantamiento de información y previa aprobación del cliente, cualquier cambio que extienda el desarrollo será tomado como cambio de alcance.

En caso de que se cumpla el tiempo estimado por el proyecto y no se haya culminado por dependencia del cliente, se negociará el cobro de las horas adicionales tomadas.

El costo no incluye licencia de rpa y/u otra tecnología que se deba implementar como por ejemplo, OCR, rompecaptcha, etc.

Este oferta especial está hecha en base a 100 horas de trabajo productivo a 16$ dolares la hora

PRIMERA.- Dignita.tech dará el tratamiento de estricta confidencialidad y reserva y por tanto mantendrá en estricto secreto, la propia existencia del presente Acuerdo de Confidencialidad, y en general los contactos entre las partes y toda la información, documentación, que pueda recibir, incluyendo, los teléfonos, correos electrónicos y nombres de los trabajadores. Asimismo, se aplicarán las mismas condiciones para la documentación, conocimiento, soluciones técnicas, propuestas, datos técnicos, procesos y know-how de la que tenga conocimiento o, en general, cualquier documentación a la que pueda acceder y que no sean públicas (en adelante denominado todo ello INFORMACIÓN CONFIDENCIAL), cualquiera que sea la forma y el soporte en el que la INFORMACIÓN CONFIDENCIAL se encuentre o haya sido obtenida o transmitida (en forma escrita u oral, en soporte documental, gráfico, electrónico, informático, etc.), incluyendo en particular, pero no limitado a, toda la información obtenida durante las conversaciones y/o reuniones mantenidas y, en consecuencia, EL COLABORADOR se obliga a no utilizar la INFORMACIÓN CONFIDENCIAL en beneficio propio, ya que el acceso a la INFORMACIÓN CONFIDENCIAL se permite con la única y exclusiva finalidad de valorar la posibilidad de iniciar una colaboración entre las Partes.

SEGUNDA.- EL COLABORADOR no accederá ni intentará acceder a aquella INFORMACIÓN CONFIDENCIAL que no sea necesaria para la valoración de la posibilidad de iniciar una colaboración entre las partes, ni utilizará la INFORMACIÓN CONFIDENCIAL más allá de dicho fin. EL COLABORADOR sólo permitirá el acceso a la INFORMACIÓN CONFIDENCIAL a aquellos trabajadores que requieran su conocimiento para la valoración de la posibilidad de iniciar una colaboración entre las partes, y hará saber al conocedor de la misma de los compromisos de confidencialidad adquiridos en el presente Acuerdo.

Sin perjuicio de lo previsto en el párrafo anteriores EL COLABORADOR será responsable tanto de la conducta de sus directivos y/o empleados como de las consecuencias de ella pudieran derivarse de conformidad con lo previsto en el presente acuerdo.

Cuantas consecuencias se deriven de la custodia negligente y/o divulgación dolosa o negligente de la información confidencial, de la información consecuente de la información confidencial o de la información consecuente del contrato de prestación de servicios, será considerado como un acto de competencia desleal, sin exclusión de la tipificación que de tal acto se haga en cualquier legislación aplicable, incluyendo el ilícito penal. Y sin perjuicio de las acciones legales a las que pudiera dar lugar.

TERCERA.- EL COLABORADOR custodiará con la debida diligencia la INFORMACIÓN CONFIDENCIAL y adoptará todas las medidas que resulten necesarias para mantener su confidencialidad, no pudiendo ser dichas medidas inferiores a las adoptadas por EL COLABORADOR para la protección de sus propias informaciones confidenciales. Asimismo, EL COLABORADOR respetará y cumplirá en todo momento las normas y las medidas de seguridad que adopte para garantizar el cumplimiento del deber de secreto y la seguridad de las informaciones y de las comunicaciones.

CUARTA.- EL COLABORADOR no revelará, ni enseñará, ni comunicará, ni facilitará a terceros, ni copiará o reproducirá, ni aplicará, ni utilizará la INFORMACIÓN CONFIDENCIAL, ni total ni parcialmente, ni directa ni indirectamente, ni por sí misma ni por terceros interpuestos, ya sea de forma gratuita u onerosa, bajo ninguna forma oral o escrita, cualquiera que sea su soporte, salvo con el previo consentimiento expreso y por escrito de la empresa contratante.

QUINTA.- EL COLABORADOR no realizará ningún tipo de publicación o artículo, ni conferencia ni charla, por reducido que sea el foro, sobre la INFORMACIÓN CONFIDENCIAL o en la que se haga referencia a la misma, salvo con el previo consentimiento expreso y por escrito de la empresa contratante .

SEXTA.- La transmisión o la tenencia accidental de la INFORMACIÓN CONFIDENCIAL no generará derecho alguno de propiedad industrial, know-how o derechos de autor a favor de EL COLABORADOR.

SÉPTIMA.- EL COLABORADOR responderá de todos los daños y perjuicios causados a la empresa contratante en caso de incumplimiento de las cláusulas establecidas en el presente Acuerdo.

OCTAVA.- EL COLABORADOR deberá entregar inmediatamente a la empresa contrante a requerimiento de ésta y, en cualquier caso una vez terminada la relación entre las partes, todos los soportes que contengan INFORMACIÓN CONFIDENCIAL, sin conservar ninguna copia.

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